Consulta gratisSin honorarios a menos que ganemosEnglish available
Lesiones de trabajo

¿Puedo demandar a mi patrón por una lesión en el trabajo en Texas?

Un Accidente Es Lo Peor.Llama A Tu Abogado Jimmy.
Jimmy Suerken, abogado de lesiones personales en Texas
RespondeJimmy Suerken, Esq.
  • Abogado en Texas
  • Yale B.A. · University of Houston Law Center J.D.
  • Habla español
  • Actualizado el 1 de octubre, 2026

Depende de si su patrón tiene compensación de trabajadores. Si la tiene (un «suscriptor»), generalmente no lo puede demandar directamente y en su lugar reclama los beneficios de compensación. Si no la tiene (un «no suscriptor»), lo puede demandar por negligencia — y los no suscriptores pierden defensas clave, lo que muchas veces favorece al trabajador lesionado. De cualquier forma, a un tercero que ayudó a causar su lesión en el trabajo normalmente se le puede demandar aparte. Nosotros vemos cuál camino aplica en su caso.

Su consulta es con JimmyConsulta gratisEspañol o inglés
Revisión de caso gratis

Cuénteme qué pasó

Jimmy lee cada solicitud personalmente y se comunicará con usted en breve.

Gratis · Confidencial · Sin compromiso · O llame al 713-600-6233
Jimmy lleva su caso
Respuestas claras, en español o inglés
Sin honorarios a menos que ganemos
Houston · El Paso · Todo Texas

Texas es distinto, y eso cambia toda la respuesta

Texas es el único estado que no obliga a la mayoría de los patrones privados a tener compensación de trabajadores. Si el suyo decidió tenerla es lo único que decide qué puede hacer usted — y muchísimos trabajadores lastimados no saben la respuesta para su propio patrón.

Se puede averiguar. Los patrones tienen que avisarles a sus empleados si tienen o no cobertura, y la División de Compensación de Trabajadores del Departamento de Seguros de Texas tiene información de cobertura que se puede pedir. Nosotros la revisamos antes de dar nada por hecho.

Si su patrón es suscriptor

Los beneficios de compensación de trabajadores son el único recurso contra su patrón por una lesión de trabajo. Usted recibe beneficios médicos y de ingreso sin tener que probar que alguien fue negligente — ese es el trato que hace el sistema — y a cambio generalmente no puede demandar a la empresa, ni a un compañero de trabajo, por causarla.

Hay una sola excepción en la ley, y es tan limitada que hay que explicarla con precisión y no nada más insinuarla. Cuando un empleado muere por la negligencia grave o un acto intencional del patrón, el cónyuge sobreviviente o los herederos directos pueden recuperar daños ejemplares. Fíjese en los tres límites: requiere muerte, no lesión; se limita a daños ejemplares; y solo esos beneficiarios pueden reclamar.

Los casos de compensación también tienen sus propios procedimientos y plazos, que se llevan ante la División y no en un juzgado, y un pleito por beneficios es una pelea distinta a una demanda por negligencia.

Si su patrón no es suscriptor

Ahora sí lo puede demandar por negligencia — y la ley de Texas le quita al patrón las defensas que normalmente le harían el trabajo.

Un no suscriptor no puede alegar que usted tuvo parte de la culpa, que usted aceptó el riesgo, o que la culpa fue de otro compañero de trabajo. Eso quita las tres defensas más comunes en un caso de lesión en el trabajo, y es una ventaja grande. La reducción normal por responsabilidad proporcional que aplica en un choque de carro aquí no le recorta lo que recupera como lo haría en otro caso.

Tenga claro lo que queda: usted todavía tiene que probar que el patrón fue negligente. Lastimarse con un no suscriptor no es recuperación automática. Tiene que haber una falla — equipo inseguro, falta de entrenamiento, un peligro conocido que dejaron ahí, poco personal, una guarda de protección que faltaba.

Dos cosas más que vale la pena saber. Una renuncia que usted firmó antes de lastimarse es nula y sin valor bajo la ley de Texas, diga lo que diga y le hayan dicho lo que le hayan dicho en la orientación. Y una renuncia firmada después de la lesión solo vale bajo condiciones estrictas: voluntaria y con conocimiento, por escrito, firmada no antes del décimo día hábil después de que usted reportó la lesión, después de una evaluación médica que no sea de emergencia, e impresa de forma que resalte. Muchos de los papeles que le dan a los trabajadores en la primera semana no cumplen esos requisitos.

El reclamo que la gente pasa por alto

Sea o no suscriptor su patrón, usted puede demandar a un tercero cuya negligencia ayudó a causar su lesión. Ese reclamo no lo prohíbe la regla del único recurso, porque no es contra su patrón.

En una obra, muchas veces ahí está la recuperación real: un contratista general u otro subcontratista, el dueño del lugar, el fabricante de una herramienta o máquina defectuosa, una empresa de mantenimiento, el cliente de una agencia de personal, el conductor de un vehículo que le pegó mientras usted trabajaba. Un trabajador con compensación que se lastima por culpa de la cuadrilla de otro oficio tiene un reclamo de compensación y también un reclamo por negligencia contra esa empresa.

Qué hacer esta semana

Su patrón tiene que recibir aviso de la lesión por escrito, con prueba de que lo recibió — un reporte de palabra al encargado o supervisor es el hueco más común en estos casos, y nosotros mandamos ese aviso por usted. Atiéndase con un médico y diga claramente que la lesión pasó en el trabajo. Tómele fotos al equipo, al área y a la condición antes de que la reparen o la limpien, porque lo van a hacer. Apunte quién estaba presente. Y no firme nada que diga ser una elección de plan de beneficios, un acuerdo de arbitraje o un finiquito hasta que lo lea alguien que lo represente a usted.

El plazo para demandar por negligencia en Texas es de dos años, y los plazos de compensación son más cortos. Saber en cuál sistema está es gratis y se resuelve en una plática.

Fundamento legal: Código Laboral de Texas § 408.001 (único recurso) · Código Laboral de Texas § 406.033 (patrones no suscriptores) · División de Compensación de Trabajadores de Texas (en inglés)

Qué hacer

Sus próximos pasos, y los nuestros

Su paso · El mismo día

Atiéndase; diga que pasó en el trabajo

Dígalo claro al registrarse para que el expediente lo diga así. Esa frase importa más de lo que la gente cree.

Su paso · Esta semana

Llame a Jimmy

713-600-6233

Si su patrón tiene workers' comp o no lo decide todo, y muchos trabajadores no lo saben. Llamar ahora nos permite revisarlo y dejar por escrito el reporte de su lesión.

Su paso · Antes de firmar cualquier cosa

No firme formas de plan, arbitraje ni liberación

Una renuncia firmada antes de la lesión es nula, pero los papeles firmados después pueden contar. Déjenos leerlos primero.

Nuestro trabajo · Después

Encontramos el camino que le corresponde

Beneficios de compensación de trabajadores, una demanda por negligencia contra un patrón no suscriptor, o un reclamo contra un tercero, a veces más de uno.

Un Accidente Es Lo Peor. Llama A Tu Abogado Jimmy.

Cada día que espera, la evidencia desaparece y la aseguradora se adelanta. Una llamada gratis. Respuestas claras sobre su caso — en español o inglés. Si necesita quien pelee por usted, lo tendrá, desde la primera llamada hasta el último cheque.

Suerken Law
Gratis · Confidencial · Español o inglés

Gratis y confidencial. Si alguien necesita atención de emergencia, llame primero al 911.